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MODELO 696 - TASA JUDICIAL


Logotipo de la Agencia Tributaria


Tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social
Modelo 696 - Autoliquidación

Aviso:

  • Se utilizará este modelo para autoliquidar las tasas devengadas a partir del 24 de febrero de 2013.
    Desde el día 1 de abril de 2013 comienza el plazo de quince días hábiles establecido en la disposición final séptima del Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero (BOE 23/02/2013) por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita, para autoliquidar las tasas devengadas entre el 24 de febrero de 2013 y el 1 de abril de 2013 correspondientes a:
      • - Las personas físicas, y
    • - Todos los sujetos pasivos en los casos de presentación de los recursos contencioso-administrativos que tengan por objeto la impugnación de resoluciones sancionadoras.
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/GC07.shtml
 
 
 

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